CAPITAL HUMANO

Rev茅s judicial para Pettovello: pagar谩 las costas en la causa por los alimentos vencidos y no ir谩 a la Corte

As铆 lo decidi贸 la C谩mara de Casaci贸n Penal en un fallo que descart贸 la pretensi贸n oficial de llegar a la Corte Suprema.

La C谩mara Federal de Casaci贸n Penal fall贸 en contra de un pedido de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y del Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, en la causa en que se investiga el abuso de poder y la violaci贸n de los deberes de funcionario p煤blico por presuntamente acopiar y dejar vencer 6 mil toneladas de alimentos.

Por unanimidad, la Sala II, integrada por los jueces Angela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Alejandro Slokar, y de conformidad con lo dictaminado por el representante del Ministerio P煤blico Fiscal ante esa instancia, Ra煤l Omar Ple茅, resolvi贸 rechazar por "falta de la debida fundamentaci贸n" el recurso extraordinario para ir a la Corte que presentaron Barra y la subsecretaria Legal del Ministerio De Capital Humano, Leila Gianni.

Adem谩s, la C谩mara determin贸 que el Ministerio tambi茅n deber谩 pagar las costas del proceso judicial.

En esta nueva resoluci贸n, Casaci贸n explic贸 que el rechazo al recurso presentado por el gobierno se baj贸 en que "la parte impugnante no ha cumplido con los recaudos para la interposici贸n del recurso extraordinario federal establecidos por los arts. 14 y 15 de la ley N潞 48 y el art. 3潞, incisos d) y e) de la Acordada N潞 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la naci贸n (art. 11 de la mencionada acordada), relativos a la demostraci贸n de la existencia de cuesti贸n federal y necesidad de fundamentaci贸n adecuada de la impugnaci贸n".

"La solicitud respecto a la imposici贸n de costas no se encuentra adecuadamente fundada", consideraron los camaristas en su fallo.

Con esa decisi贸n, se agotaron las instancias de recurso judicial para el Ministerio de Capital Humano, que tendr谩 la obligaci贸n de entregar los alimentos que hab铆an quedado almacenados y sin repartir en dep贸sitos de Buenos Aires y Tucum谩n.

Fuente, NA

Esta nota habla de: