ADMINISTRACI脫N

La AFIP adelant贸 vencimientos para el el 23 y 24 de febrero inclusive

El organismo aclar贸 que "razones de administraci贸n tributaria aconsejan adecuar con car谩cter de excepci贸n" las fechas de vencimiento.

La AFIP adelant贸 al 23 y 24 de febrero el vencimiento para el cumplimiento de la determinaci贸n e ingreso de distintas obligaciones impositivas, que originalmente estaba fijado para 27 y 28 de este mes.

A trav茅s de la Resoluci贸n General 5323/23, publicada este martes en el Bolet铆n Oficial, el organismo aclar贸 que "razones de administraci贸n tributaria aconsejan adecuar con car谩cter de excepci贸n las fechas de vencimiento para el cumplimiento de la determinaci贸n y/o el ingreso de ciertas obligaciones impositivas cuyo vencimiento original fuera fijado para el 27 y 28 de febrero" de este a帽o.

As铆, estableci贸 que el 23 y 24 de febrero -seg煤n la terminaci贸n de la Clave 脷nica de Identificaci贸n Tributaria (CUIT)-, ser谩n las fechas de vencimiento para el cumplimiento de las obligaciones de determinaci贸n y/o ingreso del Impuesto al Valor Agregado.

Seg煤n lo dispuesto, los vencimientos del 23 ser谩n para los CUIT terminados en 6 y 7; los del 24, para los finalizados en 8 y 9. Ese calendario rige para la presentaci贸n de la declaraci贸n jurada del IVA del r茅gimen general y el ingreso del saldo resultante correspondientes al per铆odo fiscal enero de 2023, al igual que para Libro IVA Digital.

Tambi茅n para el ingreso diferido del saldo resultante de la declaraci贸n jurada del IVA para micro y peque帽as empresas del per铆odo fiscal noviembre de 2022 y presentaci贸n de la declaraci贸n jurada correspondiente al per铆odo fiscal enero de 2023.

La misma decisi贸n se tom贸 para la presentaci贸n de la declaraci贸n jurada del IVA para la actividad agropecuaria del per铆odo fiscal enero de 2023 e ingreso anual del impuesto correspondiente a ejercicios con cierre el mismo mes.

Adem谩s, estableci贸 con car谩cter de excepci贸n el 24 de febrero como fecha de vencimiento para la determinaci贸n y/o ingreso de las obligaciones tributarias con vencimiento original fijado para el 27, para los siguientes impuestos:

-Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PA脥S). Ingreso de las percepciones practicadas entre el 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.

-Impuesto sobre los Cr茅ditos y D茅bitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias. Ingreso de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado, del per铆odo comprendido entre el 16 y 22 de febrero.

-Impuesto a las Entradas de Espect谩culos Cinematogr谩ficos. Ingreso del gravamen correspondiente a las localidades o boletos entregados entre el 16 y 22 de febrero.

Fuente, NA

Esta nota habla de: