Repro II: requisitos para el pago de salarios de julio
La cartera laboral adopt贸 las recomendaciones del Comit茅 de Evaluaci贸n y Monitoreo para que las empresas puedan acceder al beneficio.
El Ministerio de Trabajo oficializ贸 los requisitos que deber谩n cumplir las empresas que busquen acceder al Programa de Recuperaci贸n Productiva II (Repro II) para los salarios devengados de julio. A trav茅s de la Resoluci贸n 462/2021, publicada este martes en el Bolet铆n Oficial, la cartera laboral adopt贸 las recomendaciones del Comit茅 de Evaluaci贸n y Monitoreo del Repro II.
En cuanto a los criterios de preselecci贸n, el Comit茅 estableci贸 que para los sectores cr铆ticos y no cr铆ticos, se tomar谩 la facturaci贸n registrada en junio de 2019 y junio de este a帽o: la diferencia debe dar como m铆nimo una ca铆da de 20% en t茅rminos reales y un aumento m谩ximo del 72% en t茅rminos nominales.
El mismo per铆odo de comparaci贸n se utilizar谩 en el sector de la salud, aunque la diferencia de facturaci贸n debe dar como m铆nimo una variaci贸n de 0% en t茅rminos reales y como m谩ximo un incremento de 114% en t茅rminos nominales.
En cuanto al Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Cr铆ticos, se estableci贸 que se tomar谩n los mismos valores que los sectores cr铆ticos y no cr铆ticos en cuanto a la variaci贸n de la facturaci贸n. Adem谩s, el Comit茅 dispuso no modificar los par谩metros de la fase de selecci贸n definidos para junio, con la excepci贸n de la variaci贸n porcentual de la facturaci贸n y del IVA compras, que deber铆an cambiar.
De este modo, la variaci贸n de la facturaci贸n por compras deber谩 ser menor a 72% para los sectores afectados cr铆ticos y no cr铆ticos (fue del 71% en junio) y a 114% para los efectores de salud (antes, 113%). En el caso del IVA, la variaci贸n deber谩 ser menor a 114% para todos los sectores.
El Poder Ejecutivo mantuvo en $22.000 la asistencia para las trabajadoras y trabajadores en empresas de sectores cr铆ticos, el mismo monto que para los de salud y para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Cr铆ticos. Para los sectores no cr铆ticos afectados, se mantendr谩 en $9.000.
Fuente, NA