El Gobierno reglament贸 la Ley de Cannabis Medicinal
La ley establece las condiciones para la producci贸n industrial y la creaci贸n de la Agencia Nacional de C谩帽amo y el Cannabis Industrial (ARICCAME) que funcionar谩 en el 谩mbito del Ministerio de Econom铆a.
El Gobierno reglament贸 la ley que establece el marco regulatorio para el desarrollo en la Argentina del cannabis medicinal. Se trata del Decreto 350/2023 que reglamenta la Ley 27.669 que se publica hoy en el Bolet铆n Oficial.
El mismo recuerda que la norma "tiene por objeto establecer la cadena de producci贸n y comercializaci贸n nacional y/o con fines de exportaci贸n de la Planta de Cannabis, sus semillas y sus productos derivados afectados al uso medicinal, incluyendo la investigaci贸n cient铆fica, y al uso industrial, promoviendo as铆 el desarrollo nacional de la cadena productiva sectorial".
A partir de la fecha, entonces, todas las actividades de producci贸n de cannabis en la Argentina que se estaban rigiendo por la ley 27.350, que solo promov铆a la investigaci贸n cient铆fica, ahora deber谩n ajustarse a los nuevos par谩metros.
Entre ellos, la reglamentaci贸n dice que se define como "Planta de Cannabis" a "toda planta de Cannabis Sativa L".
Se denomina "Cannabis psicoactivo" a aquel cuyo contenido de tetrahidrocannabinol (THC) sea superior al 1 % en peso seco. Tambi茅n se define como "C谩帽amo", "C谩帽amo industrial y/u hort铆cola" a la planta de cannabis, sus partes, sus semillas y sus derivados, que contengan hasta el l铆mite m谩ximo de 1% de concentraci贸n del componente THC y cuyo destino sean los fines industriales u hort铆colas.
La reglamentaci贸n establece la creaci贸n de la Agencia Nacional de C谩帽amo y el Cannabis Industrial (ARICCAME), que ser谩 el organismo regulador que funcionar谩 en el 谩mbito del Ministerio de Econom铆a.
Fuente, NA