Qued贸 sin efecto el fallo que obliga al Estado a garantizar el reingreso de varados
La C谩mara de Casaci贸n porte帽a revoc贸 la decisi贸n y de todas formas el gobierno permiti贸 el regreso de una mujer con problemas de salud, por razones humanitarias
La C谩mara de Casaci贸n porte帽a desautoriz贸 al tribunal que le hab铆a ordenado al Gobierno el inmediato regreso, por razones humanitarias, de viajeros que quedaron varados en el exterior por las restricciones de ingreso como prevenci贸n de la variante Delta del coronavirus.
"El proceder adoptado por la Sala Sexta de la C谩mara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional es susceptible de ser caracterizado como una intromisi贸n injustificada de un 贸rgano judicial en las incumbencias de otro poder del Estado", sostiene el fallo.
Aquella decisi贸n de facilitar el retorno de una mujer con afecciones de salud fue cumplida por el gobierno, la viajera regres贸 pero el fallo fue apelado por su contenido ante el m谩ximo tribunal penal porte帽o.
En una extensa resoluci贸n, firmada por los jueces Mario Magari帽os, Alberto Huarte Petite y Pablo Jantus sostuvieron que el fallo que obligaba al regreso "importa un apartamiento de las advertencias que desde antiguo ha formulado la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n en punto a las intromisiones de un poder del Estado en la esfera de competencias de otro".
El cuestionamiento de fondo est谩 relacionado con la forma en que fue tramitado el pedido de la viajera, una acci贸n de "habeas corpus" que, seg煤n el fallo, no est谩 previsto para situaciones de esta naturaleza.
La Casaci贸n porte帽a descalific贸 "la intervenci贸n de la justicia penal en un asunto para el cual es manifiestamente incompetente", puesto que de esa manera "desorbita por completo su esfera de incumbencias y se inmiscuye indebidamente en cuestiones de pol铆tica sanitaria propias del Poder Ejecutivo Nacional".
"En definitiva -a帽ade el fallo-, produce una banalizaci贸n inaceptable del m谩s preciado instrumento normativo destinado a resguardar la libertad f铆sica de todo habitante de la Naci贸n, todo lo cual trasluce un activismo judicial que no encuentra l铆mite siquiera en el marco de la competencia legal asignada".
Si bien la mujer que hab铆a obtenido el fallo favorable para su regreso pudo, efectivamente, volver al pa铆s, la Casaci贸n advirti贸 que situaciones como estas pueden repetirse a futuro y, en consecuencia, fij贸 la postura para esos eventuales nuevos episodios.
"Existen motivos suficientes para considerar que la posibilidad cierta de que ese tipo de decisiones se repitan en el futuro no se presenta como una cuesti贸n intrascendente sino que, por el contrario, constituye un asunto de notorio inter茅s institucional", justific贸 el tribunal.
Fuente, NA